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La Fiscalía de Madrid decidirá antes del 30 de junio si Cristiano Ronaldo cometió delito con Hacienda

La Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid investiga si hay delito fiscal en la denuncia de la Agencia Tributaria contra el jugador del Real Madrid...

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La Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid investiga si hay delito fiscal en la denuncia de la Agencia Tributaria contra el jugador del Real Madrid Cristiano Ronaldo por presuntamente defraudar 15 millones de euros en cuatro años, desde 2011 a 2014, han informado a Europa Press fuentes fiscales.

La denuncia está ya en manos de los fiscales especializados, pero ahora tendrá que estudiar si los hechos revisten carácter jurídico penal. Si es así, se formulará una querella antes del próximo 30 de junio, dado que en esta fecha prescribirían los posibles delitos que se habrían cometido en 2011.

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La Fiscalía recibió este miércoles la denuncia de la Agencia Tributaria relacionada con Ronaldo y el Impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR) referido a 2011 y otros posibles delitos fiscales agravados de 2012 y 2013. La cifra total defraudada ascendería a 15 millones de euros.

Por su parte, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) consideran «acertada» la denuncia pero lamentan la demora de la AEAT en remitirla sobre un asunto «tan complejo» a la Fiscalía, que deberá formular su querella antes del 30 de junio para evitar que prescriba penalmente el presunto delito cometido en el IRNR de 2011.

Como señala el colectivo, el futbolista portugués podría haber incurrido en un delito fiscal en 2011, que conlleva penas de prisión de un año, y en otros dos delitos fiscales agravados en 2012 y 2013, al superar las cuotas presuntamente defraudadas los 600.000 euros.

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Estos dos delitos conlleva penas de prisión de dos a seis años por cada uno de ellos, lo que implicaría la petición de la Abogacía del Estado de una pena mínima total de cinco años.

Si bien el juez podría aplicar la atenuante muy cualificada de regularización extemporánea introducida en el Código Penal en 2013 y reducir la pena a la mitad o a la cuarta parte de cada delito fiscal si el jugador reconoce los hechos y paga las cuotas defraudadas, los intereses y las multas en el plazo máximo de dos meses desde la citación judicial como investigado.

Si el juez redujera las penas a la cuarta parte, la pena de prisión total quedaría en 15 meses, por lo que al carecer de antecedentes podría acordar que no entre en prisión, mientras no sea condenado en el tiempo de la pena suspendida.

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