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MADRID.-Banco Popular, condenado a pagar 20.000 euros a un matrimonio que invirtió en deuda subordinada en 2011

MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de Primera Instancia número 96 de Madrid ha condenado al Banco Popular a devolver 20.000 euros a un matrimonio que invirtió en deuda subordinada de la entidad en el año 2011 porque no se les advirtió de los riesgos del producto.

«En las obligaciones subordinadas hay que tener en cuenta que existe un riesgo vinculado directamente a la solvencia de la entidad y es una deuda de peor calidad que bonos ordinarios o pagarés, por lo que en caso de quiebra de la entidad, los tenedores de subordinadas estarían por detrás de éstos en el orden de prelación», señala la sentencia.

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De esta forma, en caso de quiebra del banco, primero cobrarían los titulares de cuentas y depósitos, bonos, pagarés y deuda ordinaria en general. Así, solo en el caso de que exista una cuantía restante, cobrarían los tenedores de obligaciones subordinadas. En orden de prelación, únicamente quedarían por detrás de éstos los propietarios de participaciones preferentes y de acciones.

Por tanto, la Justicia ha determinado que el producto «no se ajustaba al perfil de la parte actora, que era conservador sin riesgos, mientras que el contrato presentaba «múltiples riesgos». «La información que ofreció la entidad al cliente no fue la correcta, lo que motivó que el consentimiento prestado por el actor estuviera viciado», indica.

En suma, el contrato se ha declarado nulo y la sentencia obliga al banco a devolver la cantidad invertida más los intereses legales desde la fecha de suscripción. A pesar de que Popular alegó que los demandantes tenían la experiencia inversora «suficiente», la magistrada ha entendido que esto no le exime del error, más teniendo en cuenta que los clientes no tenían estudios superiores, ni habían trabajado nunca en contextos relacionados con la inversión financiera.

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«Los clientes optaron por declinar los bonos fidelización que les ofreció el banco Santander –tras absorber Banco Popular– , y en pocos meses han recuperado su inversión, por lo que la vía judicial es la mejor solución para recuperar el dinero invertido en deuda subordinada del Banco Popular», subraya el despacho Ortega y García Abogados, asesores de los demandantes.

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