jueves, marzo 28, 2024
13.6 C
Madrid

Madrid entra en la ‘nueva normalidad’. ¿Cómo va a ser?

COMPARTE:

- Publicidad -

La Comunidad de Madrid ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con fecha de sábado 20 de junio, la orden por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus y, por tanto, «cómo será» la ‘nueva normalidad’ tras el estado de alarma.

Como el resto de España, Madrid ya está en la nueva normalidad sin limitaciones a la movilidad de los ciudadanos pero sí continuará con restricciones en el aforo por lo general del 60 % en espacios cerrados hasta el 5 de julio, una medida que afectará a establecimientos y centros comerciales, bares y restaurantes, bibliotecas, archivos, monumentos, museos, cines, teatros, auditorios, instalaciones deportivas cubiertas, casinos y locales de apuestas, academias, autoescuelas, ferias, congresos, eventos y alojamientos turísticos.

Las 00:00 horas del domingo 21 de junio marcaron la entrada en vigor de las medidas contempladas en el proceso de desescalada en dos fases, la primera hasta el 5 de julio, y la segunda desde el 6 de julio hasta el fin de la alerta sanitaria decretada por el Gobierno de la nación.

- Publicidad -

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el pasado viernes en una reunión extraordinaria la orden 668/2020 de la Consejería de Sanidad con las medidas en materia de salud pública y de seguridad ciudadana que se aplicarán en la región tras la finalización del estado de alarma por el coronavirus.

En la misma, se establece que, en general, habrá que respetar la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros y llevar mascarilla en la calle, el transporte público y los espacios cerrados y al aire libre de uso público.

Estas son las principales medidas que entrarán en vigor desde las cero horas del 21 de junio hasta el 5 de julio, ambos inclusive:

- Publicidad -

– En locales de hostelería y restauración, se permitirá la ocupación del 80 % en terrazas y del 60 % del aforo en el interior de estos establecimientos (mesa y barras).

-Las discotecas y bares de ocio nocturno permanecerán cerrados hasta el 5 de julio y a partir de esa fecha la Dirección General de Salud Pública establecerá los requisitos para reabrir con total seguridad para los trabajadores y usuarios.

– En los centros comerciales y mercadillos, se limitará el aforo al 60 %.

– Se fija en un 75 % el aforo en entierros y velatorios, que podrán celebrarse en instalaciones públicas y privadass, con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 personas en zonas cerradas.

– En cuanto a la asistencia a lugares de culto, no se podrá superar el 75 % de su capacidad.

– Las bodas y otras celebraciones podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75 % de la ocupación del aforo. Podrán asistir un máximo de 150 personas en espacios al aire libre y de 75 en espacios cerrados.

– Se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla en el transporte público, que llegará al cien por cien de la oferta disponible en hora punta.

– En los taxis y VTC, se elimina la limitación de dos pasajeros por cada fila adicional a la del conductor y se permite una ocupación de hasta tres personas por fila de asientos, con independencia de que convivan o no en el mismo domicilio.

– En los hoteles y los alojamientos turísticos, la ocupación de las zonas comunes no podrá superar el 60 % de su aforo.

– Se establece un aforo máximo del 50 % para las piscinas recreativas y del 75 % para las piscinas deportivas.

– Se podrá realizar en gimnasios actividad deportiva en grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico y siempre que no se supere el 60 % del aforo máximo permitido.

– Los entrenamientos, competiciones o eventos de carácter regional en instalaciones deportivas se podrán celebrar con público, aunque los espectadores no superarán el 75 % del aforo permitido y permanecerán sentados con una distancia de al menos 1,5 metros entre ellos.

– Se permite el uso de las zonas de juegos infantiles en los espacios públicos, con un aforo máximo estimado de una persona por cada cuatro metros cuadrados.

– A partir del 1 de julio, los alumnos del primer ciclo de Educación Infantil podrán volver a las aulas, de forma voluntaria y con preferencia para aquellos cuyos progenitores deban trabajar fuera de su domicilio.

– La Comunidad de Madrid flexibilizará el régimen de visitas a las residencias de mayores y personas con discapacidad, al activar un nuevo protocolo que incrementará la duración y la frecuencia de las citas.

– Se permiten los campamentos de actividades de tiempo libre destinadas a la población infantil y juvenil (con 300 asistentes al aire libre y 75 en espacios cerrados).

– Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán desarrollar su actividad contando con butacas preasignadas y sin superar el 60 % del aforo.

– Se reanuda la actividad en locales de juegos y apuestas, donde será obligatorio el uso de mascarillas si no es posible garantizar la distancia física de 1,5 metros y la disposición de geles hidroalcohólicos, aunque en los casinos el uso de mascarilla será obligatorio en todo caso hasta el 10 de julio.

– Se establece una ocupación del 60 % del aforo de las plazas de toros.

– Las bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones y monumentos tendrán un aforo máximo del 60 por ciento.

– Las salas y espacios multiusos polivalentes no podrán superar el 20 % del aforo permitido, con asientos preasignados.

– Retomarán sus actividades las empresas de turismo activo garantizando la distancia mínima de 1,5 metros o el uso de mascarillas.

– Se permiten la caza y la pesca siempre que se respeten las medidas de seguridad (distancia o mascarilla).

- Publicidad -

COMENTARIOS

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

ÚLTIMAS NOTICIAS

- Publicidad -

ENTREVISTAS

- Publicidad -

REPORTAJES