La Comunidad de Madrid restringirá la movilidad desde este lunes 28 de diciembre hasta el lunes 11 de enero en cuatro nuevas zonas sanitarias que sufren una alta tasa de coronavirus. Se suman a otras seis con medidas restrictivas ya en vigor.
Las nuevas zonas son Aravaca y General Moscardó (Madrid), y Reyes Católicos y V Centenario (San Sebastián de los Reyes), con una incidencia de coronavirus superior a los 400 casos por cada cien mil habitantes. Estas zonas básicas con restricciones se suman a la de La Moraleja (Alcobendas), donde las medidas continuarán durante siete días más respecto a lo previsto, hasta las 00.00 horas del lunes 4 de enero.
También continúan las restricciones hasta el lunes 4 de enero en cinco zonas básicas: Andrés Mellado (Chamberí) y Sanchinarro (Hortaleza), ambas en Madrid capital; Felipe II y Alcalde Bartolomé González, en Móstoles; y Getafe Norte, en el municipio de Getafe.
Serán por lo tanto un total de diez zonas sanitarias básicas de salud (que representan el 3,4 % de la población de la Comunidad de Madrid y el 5% de los contagios actuales) en las que estará prohibido entrar o salir en buena parte de estas navidades salvo por una causa justificada, como ir al médico o a trabajar.
Restricciones los días 31 de diciembre y 1 y 6 de enero
No se aplicarán restricciones en zonas sanitarias los días 31 de diciembre y 1 y 6 de enero, por lo que en estas fechas los vecinos afectados podrán moverse libremente por la región, aunque estarán afectados al igual que el resto de madrileños por el cierre perimetral de toda la Comunidad hasta el 6 de enero, salvo para visitar a familiares y allegados.
Continúa en vigor en toda la Comunidad de Madrid la limitación de movimiento entre las 00.00 y las 06.00 horas, salvo por causa justificada.
Entre el 31 de diciembre y el 1 de enero, con motivo de la Nochevieja, este toque de queda nocturno se reduce de 01.30 a 06.00 horas.
Las reuniones están limitadas a seis personas en toda la Comunidad de Madrid, también los días 31 de diciembre y 1 y 6 de enero, en los que no podrá haber además más de dos grupos de convivientes.