martes, marzo 19, 2024
14.9 C
Madrid

Las distintas vías para residir en España

COMPARTE:

- Publicidad -

Muchas son las personas que por diferentes motivos quieren iniciar una nueva vida y desean hacerlo en España. Si es ese tu caso, entonces este artículo te interesa.

En este post, te explicaremos al detalle todo lo que necesitas saber.  Trataremos las diferentes alternativas para poder residir en España y los requisitos para cada una de ellas. ¡Acompáñanos!

Permiso de residencia

Resulta indispensable hacer dos distinciones:

- Publicidad -
  1. Si eres ciudadano de un país miembro de la Unión Económica Europea, de la Unión Europea o de Suiza, no necesitarás un permiso de residencia, tan solo tu Número de Identificación (NIE) y el certificado de registro de la UE.
  2. En el supuesto de no pertenecer a ninguno de los casos anteriores, sí será necesario solicitar una tarjeta de residencia para poder  vivir y trabajar legalmente en España.

Tipos de tarjetas de residencia

Existen tres clases de permisos de residencia, atendiendo a la duración de la estancia,  pasamos a enumerarlas a continuación:

  1. Visado de corta duración, o también denominado visado de turista, te posibilita permanecer en el país durante 90 días. 
  2. La residencia temporal facilita la permanencia por un período superior a los 90 días pero menor a cinco años. En este transcurso de tiempo es necesario obtener la nacionalidad o la residencia permanente para poder seguir viviendo en el país sobrepasados los cinco años. Esta clase de residencia, obliga a solicitar un permiso regular para  vivir y trabajar legalmente en el país durante 1 o 2  años. Una vez finalizado ese período, y siempre que sigas cumpliendo los  requisitos iniciales, podrás renovar tu tarjeta de residencia temporal  por uno o dos años más.
  3. Residencia permanente. Tras cumplirse cinco años de estar viviendo en España ininterrumpidamente, se puede optar por solicitar el permiso de larga duración o permanente que te permitirá vivir y trabajar en España de forma indefinida.

Permisos y visados temporales

Exploremos ahora con mayor detalle las diferentes opciones de residencia que tiene cualquier ciudadano no europeo.

  • Visado de estudiante, si es de tu interés estudiar o investigar en España, con este visado podrás hacerlo, además te autoriza también a trabajar y realizar prácticas remuneradas al mismo tiempo que cursas tus estudios. Otro beneficio que te ofrece este permiso es que podrás acceder a un visado de trabajo sin ningún otro requisito.
  • Permiso de residencia para empresarios que presenten proyectos innovadores y también para los que pretendan establecerse con un negocio de índole más convencional. 
  • Visado para inversores. Este tipo de permiso es muy sencillo y rápido de obtener. El único requisito para ello es invertir quinientos mil euros en el mercado inmobiliario español y ya lo tienes.
  • Familiar de un miembro comunitario. Es un proceso muy sencillo por el cual un ciudadano de la UE puede traer a  vivir consigo a España a su pareja,y descendientes de  primer grado de fuera de la Unión Europea. 
  • Permiso por matrimonio o pareja de hecho. Siguiendo con el hilo del punto anterior, casarse con un ciudadano español (o con un ciudadano de la UE) te ayudará a conseguir tus papeles fácilmente. Igualmente podrás lograrlo como pareja de hecho.
  • Permiso por trabajo. Dependiendo de tus circunstancias y del tipo de oferta que tengas, existen diferentes clases de permisos de trabajo (como trabajador altamente cualificado, permiso de trabajo regular y tarjeta azul de la Unión Europea).
  • Visado de residencia no lucrativa. Tan solo debes tener un seguro médico privado y poseer fondos económicos suficientes y demostrables (al menos 26.000 euros) para poder alcanzar este visado. ¡Así de sencillo!
  • Tarjeta de residencia por arraigo (arraigo familiar, laboral o social).

En cuanto al permiso de residencia permanente

Es indudable, que la residencia permanente es la puerta de entrada a la ciudadanía española y que son muchas sus ventajas:

- Publicidad -
  • Podrás trabajar como autónomo o por cuenta ajena.
  • Ya no es imprescindible demostrar que se dispone de medios económicos para residir indefinidamente en España.
  • Podrás reagrupar no solo a tu cónyuge y descendientes, sino también a tus padres mayores de 65 años.
  • Aunque la extravíes, es posible recuperarla sin necesidad de efectuar una nueva solicitud.
  • La primera vez, es posible tramitarla telemáticamente.

Los requisitos para conseguir la residencia de larga duración son realmente fáciles de cumplir, con tu pasaporte, permiso actual y el formulario adecuado la obtendrás. Sin embargo, aunque hemos mencionado anteriormente que debes haber vivido en el país durante 5 años, hay que tener en cuenta, que en algunos casos según el permiso de que dispongas, será preciso que vivas más de 5 años para poder conseguir la residencia legal e indefinida, ya que no todos los años computan igual. 

  • Solo cada año vivido bajo el visado no lucrativo o con el visado para inversores, cuenta como uno.  
  • En el caso de la tarjeta azul de la UE, cada uno de los años de residencia en cualquier otro país europeo también cuenta como uno, siempre y cuando durante los últimos 2 años antes de la solicitud de la permanente hayas estado residiendo en territorio español. 
  • Los años en España vividos con el visado de estudiante cuentan la mitad para el cálculo de la residencia permanente, ya que el visado de estudiante es una autorización para vivir en España mientras se estudia, no es un permiso de residencia como tal. 

Para terminar, indicar que es aconsejable iniciar el procedimiento de solicitud para la residencia de larga duración 60 días antes de que caduque tu permiso actual.  Ten en cuenta que la burocracia puede ser lenta a veces y que los trámites  pueden no funcionar tan rápido como esperas.

Héctor Salazar
Héctor Salazarhttp://madridesnoticia.es
Director de MADRID ES NOTICIA.
- Publicidad -

COMENTARIOS

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

ÚLTIMAS NOTICIAS

- Publicidad -

ENTREVISTAS

- Publicidad -

REPORTAJES