Las cerca de 3.000 farmacias madrileñas ya están más cerca de poder abrir 24 horas o prestar atención domiciliaria, tal y como se ha establecido en el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, que ha dado luz verde al proyecto de la ley de Ordenación y Atención Farmacéutica.
El documento, que se remite ahora a la Asamblea legislativa para su tramitación y aprobación antes de su entrada en vigor, responde, según el Ejecutivo, «a las necesidades actuales de la población y de este ámbito de la salud para crear una farmacia más moderna y cercana al paciente».
Una de las principales medidas está la atención farmacéutica domiciliaria. Este servicio amplía la dispensación de medicamentos y productos sanitarios con entrega en casa que realizará personal de las oficinas. Esta prestación está destinada, sin embargo, a los usuarios con unas características y necesidades asistenciales específicas, con pérdida de autonomía funcional y exigencias de cuidados por enfermedades crónicas, con dificultad o impedimento para desplazarse a la farmacia de su elección.
En el texto se subraya que se desarrollará reglamentariamente el procedimiento a seguir y los sistemas de comprobación necesarios y que, en ningún caso, esa dispensación con entrega informada a domicilio podrá suponer un incremento del coste de los medicamentos o de los productos sanitarios.
Asimismo, el proyecto de ley de Farmacia atiende la petición de usuarios y profesionales en el avance de la flexibilización horaria, con una franja fija y una variable de apertura, que puede llegar hasta las 24 horas del día para facilitar la adquisición de cualquier producto. También se ha reconocido la singularidad de aquellas oficinas en municipios de menos de 2.000 habitantes en donde el horario ordinario y oficial podrá ser de 35 horas semanales y realizarse de forma continuada.
Más protagonismo para la nutrición y dietética
Otro de los aspectos a destacar de la nueva normativa es que amplía las secciones de aquellos locales con áreas como nutrición y dietética. Estas actividades serán llevadas a cabo por profesionales sanitarios en plantilla, debidamente cualificados, pero que necesariamente no tienen que ser farmacéuticos.
El texto también hace referencia a la atención farmacéutica en centros de servicios sociales de carácter residencial de menos de 100 camas -en régimen de asistidos que presten asistencia sanitaria específica y no cuenten con farmacia hospitalaria-, que dispondrán de un depósito de medicamentos vinculado a un servicio de farmacia del área sanitaria o a una oficina de la Comunidad de Madrid.
Por último, recoge e incorpora mejoras para facilitar la eliminación de medicamentos caducados o no utilizados por parte de los ciudadanos a través de sistemas de recogida autorizados, reforzando así la protección del medio ambiente.