El Ayuntamiento de Madrid ha establecido el 28 de febrero como fecha límite para que ciertos colectivos soliciten reducciones en la nueva tasa de residuos. Entre los beneficiarios se encuentran personas en situación de vulnerabilidad, familias numerosas que viven en alquiler y propietarios de viviendas vacías o locales sin actividad.
Las personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital o la Renta Mínima de Inserción pueden obtener una reducción del 100% en la cuota de la tasa. Asimismo, las familias numerosas que residen en viviendas alquiladas o que poseen un título de familia numerosa expedido en otra comunidad autónoma deben solicitar la reducción antes del 1 de marzo para que surta efecto este año. Por otro lado, los propietarios de viviendas vacías o locales sin actividad pueden beneficiarse de una tarifa básica, siempre que acrediten esta situación.
Procedimiento de solicitud
Los interesados pueden gestionar estas reducciones a través del Portal del Contribuyente del Ayuntamiento de Madrid, llamando al 010 o acudiendo a las cinco oficinas de atención al contribuyente de la capital. Es importante destacar que alrededor de 1,7 millones de inmuebles deberán abonar esta nueva tasa, quedando exentos los garajes y trasteros asociados a una vivienda, así como los solares y edificios en estado de ruina.
La notificación de este tributo se realizará de manera individual y certificada a cada propietario durante el segundo semestre del año, otorgando un plazo amplio para su abono. Desde la aprobación de esta tasa, el Ayuntamiento ha mantenido comunicación con asociaciones de familias numerosas y ha informado a través de los servicios sociales sobre las reducciones disponibles para los colectivos mencionados.

Trámites ágiles y fáciles
El Ayuntamiento de Madrid, con la finalidad de agilizar y facilitar el trámite a los ciudadanos, ha habilitado en la web, un apartado específico sobre esta nueva tasa, donde poder informarse sobre la Tasa de Generación de Residuos (TGR) . Información general-Portal del Contribuyente del Ayuntamiento de Madrid y solicitar las reducciones de la cuota en el pago en el enlace Reducciones y supuestos de no sujeción-Portal del Contribuyente del Ayuntamiento de Madrid. Asimismo, podrán hacerlo a través del teléfono 010 y de las cinco oficinas de atención al contribuyente de la capital.