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Las sanciones por velocidad y cero emisiones en Madrid

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Madrid es una de las grandes ciudades europeas que se ha ido adaptando a lo largo de los últimos años a las nuevas necesidades surgidas por la búsqueda de un modelo sostenible de movilidad que permita la convivencia entre los viandantes y los distintos vehículos que circulan por el casco urbano.

Especialmente el centro de la capital ha sido objeto de discusión en muchas ocasiones entre nuestros gobernantes, con la apuesta más contundente de Madrid Central del anterior ayuntamiento encabezado por Manuela Carmena, o con la posterior reformulación de las distintas limitaciones por el gobierno actual, liderado por José Luis Martínez-Almeida. Ahora Madrid Central desaparecerá tal y como lo conocemos y será sustituido por una nueva normativa de Bajas Emisiones, que establece distintas ZBE (Zonas de Bajas Emisiones).

A las restricciones de los distintos equipos de gobierno de la capital, se suman las nuevas normativas de la Dirección General de Tráfico, que establecen nuevas limitaciones que afectan especialmente a la velocidad a la que se puede circular en las ciudades de todo el país.

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Como ciudadanos, la manera en que nos afecta más directamente son las multas que podemos recibir por desconocimiento de alguna nueva normativa que limita acciones que hasta ahora podíamos realizar, ya sea porque los límites de velocidad cambian ya sea porque nuestro vehículo ya no puede acceder a distintas zonas de la ciudad por su antigüedad o calificación ecológica. A continuación, repasamos los puntos más importantes de manera sencilla para que puedas conocer las limitaciones de velocidad y del centro para cero emisiones en Madrid.

Si crees que puedes haber sido objeto de sanción en la capital o cualquier otro lugar, puedes consultar tus multas de tráfico. Es algo muy recomendable si no estamos seguros, ya que el proceso puede llegar a complicarse mucho. Es posible que la Administración haya intentado notificárnoslo por correo, pero que no hayamos tenido constancia por encontrarnos fuera del domicilio o porque nuestros datos no estén actualizados en la DGT.

Esto puede provocar que estemos multados sin saberlo y que el plazo de pronto pago venza, y, por tanto, debamos de abonar la multa al completo. Si seguimos sin conocer la existencia de esa sanción, el plazo de pago también llegará a su vencimiento. Entonces, tendremos que pagar incluso más de la cuantía de la multa, ya que se le añadirán los recargos e incluso intereses de demora. En el peor de los casos, la administración podrá actuar contra nuestros bienes y derechos. Por eso, es más importante de lo que parece estar bien informado de las restricciones al tráfico en Madrid y revisar si hemos sido multados cuando creamos que por descuido hemos excedido algunas de las normas vigentes en el momento.

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Límites de velocidad en Madrid

Como ya anunciamos en este mismo medio, el pasado 11 de mayo entró en vigor la modificación del Reglamento de Circulación que afectó al 70% de las calles de España y que fue aprobada en octubre del año pasado. Estos cambios afectaron sobre todo a los límites de velocidad de los distintas vías urbanas de la siguiente manera. El límite es de 20 km/h en los núcleos con vías de plataforma única de calzada y acera. Es de 30 km/h en las vías de único carril por sentido de circulación. La limitación a 50 km/h sigue existiendo, pero solo para las vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

Muchas ciudades españolas ya tenían restricciones de velocidad muy similares aprobadas con anterioridad. En el caso de la capital madrileña, ya se aprobó la limitación a 30 km/h en octubre de 2018.

Restricciones en el centro para los vehículos más contaminantes

Como indicábamos al principio de este artículo, el actual Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha un nuevo plan para la reducción de las emisiones contaminantes en el centro de la capital. Este ambicioso plan llegará a su culminación en 2025, cuando queden definitivamente establecidas y restringidas las llamadas Zonas de Bajas Emisiones. Hasta entonces, las restricciones irán avanzando progresivamente y cada vez menos tipos de vehículos podrán acceder al centro madrileño. Te resumimos los pasos más importantes para los vehículos más contaminantes.

A partir de enero del próximo año, los vehículos A de los no residentes en Madrid tendrán prohibido el acceso y circulación por la M-30. En 2024, los vehículos matriculados fuera de la capital madrileña ni siquiera podrán acceder a la ciudad. Finalmente, en 2025 ningún vehículo con distintivo A, de residentes o no residentes en Madrid, podrá circular por ninguna zona del término municipal de la ciudad.

En cuanto a los vehículos de mercancías tipo B y de más de 3500 kg, a partir de enero de 2023, tendrán limitado el acceso a la capital.

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