El Ayuntamiento de Galapagar ha aprobado en el pleno del mes de marzo, de manera definitiva, los Presupuestos Generales para 2022, tras resolver las alegaciones oportunas, entrando oficialmente en vigor.
Al mismo tiempo, se han aprobado hasta 12 puntos por mayoría absoluta, entre los que se encuentran las aprobaciones definitivas de la solicitud de alta en el PIR del Centro de Asuntos Sociales y del proyecto de urbanización de Dehesa Nueva, que no cuenta con la mayoría absoluta pero sí la logran en el pleno gracias al trabajo y esfuerzo que vuelcan en las nuevas medidas y ordenanzas que consigan mejorar la gestión del municipio.
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
Uno de los puntos aprobados de mayor importancia ha sido la nueva Ordenanza fiscal reguladora sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, gracias a la cual, la plusvalía baja del 16,8% al 15%, un tipo impositivo muy por debajo del máximo establecido por el Gobierno de España (un 30%), y menor del que se aplica en muchos otros ayuntamientos, como el de Madrid con un 29%, Collado Villalba con el 30%, Majadahonda con el 20%, Torrelodones con el 26%, o incluso municipios más pequeños como Moralzarzal con un 16% o Alpedrete con un 20%.
Esta ordenanza de la plusvalía se ha adaptado a la nueva regulación consecuente a la sentencia del Tribunal Constitucional a la Ley de Haciendas Locales. Dentro del margen de lo que la ley permite modificar a los ayuntamientos, el de Galapagar ha bonificado la plusvalía mortis causa (herencia) al 95%, el máximo permitido por ley, subiéndolo del 90% en que estaba regulado con la anterior ordenanza.
Estos cambios actualizan una ordenanza totalmente obsoleta de manera que cumpla con la legislación vigente y además busque el mayor beneficio para la ciudadanía de Galapagar sin ningún tipo de afán recaudatorio.
Primer inventario de Caminos de Galapagar
Otro de los puntos a destacar es la aprobación provisional del primer Inventario de Caminos de Galapagar, aprobado por mayoría absoluta sin votos en contra. Este inventario comenzó a realizarse en el año 2017, pero hasta ahora no se había llevado al Pleno para su correcta valoración.
La importancia de la aprobación de este inventario viene recogida en el artículo 17 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, que dice que “las Corporaciones locales están obligadas a formar inventario de todos sus bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza o forma de adquisición”.
Tras ser aprobado de manera provisional por el Pleno municipal, se abrirá un trámite de información pública por un plazo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para que los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen pertinentes.