La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado la tramitación urgente de una nueva ley para que Madrid recaude directamente el Impuesto de las Grandes Fortunas. Así lo ha señalado, una vez que el Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso presentado por la Comunidad de Madrid y después de descartar que sea confiscatorio y desproporcionado o que vulnere la seguridad jurídica.
“Lo vamos a hacer lo antes posible para que esa recaudación quede en manos del contribuyente madrileño y, de esta manera, se lo podamos devolver al mismo”, ha explicado la presidenta.
“No vamos a quedarnos parados y lo que vamos a hacer es tramitar de urgencia una reforma legislativa, una nueva ley que llevaremos de urgencia a la Asamblea de Madrid, un proyecto de ley que nos permita recaudar todo ese impuesto y que se queden en las arcas madrileñas”, ha añadido.
Prosperidad y reducción de impuestos
Díaz Ayuso ha continuado explicando que “así podremos destinarlo a lo que los ciudadanos libremente en las urnas votaron en las últimas elecciones y fue una baja fiscalidad y libertad también a la hora de pagar con sus impuestos, para que podamos crear más prosperidad y puestos de trabajo. Lo vamos a hacer lo antes posible para que esa recaudación quede en manos del contribuyente madrileño y, de esta manera, se lo podamos devolver al mismo”.
En este sentido, ha explicado también que “en otros países donde se ha aplicado este impuesto ha causado daños enormes y, como esto atenta contra la autonomía fiscal de Madrid, lo que vamos a hacer es seguir defendiéndola. Lo me sorprende es que le den tanta independencia a algunas comunidades autónomas para hacer lo que les dé la gana y que Madrid no pueda hacer lo suyo con su propia fiscalidad”. “Además, es un impuesto que se recauda el 90% en Madrid. Por tanto, va contra el patrimonio y el trabajo y el esfuerzo del contribuyente madrileño”.
Patrimonios netos superiores a 3 millones de euros
El impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, aprobado para los años 2023 y 2024, afecta a los patrimonios netos superiores a 3 millones de euros, se devenga el 31 de diciembre de cada año y la presentación de la declaración se produce entre el 1 y el 31 de julio.
El fallo del TC descarta que se haya vulnerado la autonomía financiera, ya que el impuesto sobre grandes fortunas “es complementario” al de patrimonio (IP), -tributo de titularidad estatal cedido a las comunidades autónomas- de modo que lo satisfecho por este, se descuenta para determinar la cuota del nuevo impuesto, tal y como señala una nota publicada por el TC.
En esa nota, el tribunal explica que la votación sobre el recurso presentado en febrero de este año, se ha saldado con una mayoría de siete frente a cuatro magistrados que han emitido un voto particular, ya que consideraban que el recurso debía admitirse: Ricardo Enríquez, César Tolosa, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel.