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Abiertas las convocatorias de ayudas al alquiler y Bono Cultural en Torrejón

Para solicitar las ayudas al alquiler no hay límite de plazo, mientras que para el Bono Cultural termina el próximo 31 de octubre

La Comunidad de Madrid ha abierto el plazo de solicitud del Bono Alquiler Joven. De esta manera, los menores de 35 años que tengan un contrato de arrendamiento de una vivienda o una habitación en la región podrán acceder a esta ayuda. El bono será concedido por un plazo de dos años y se deberá destinar al pago del alquiler de la vivienda.

De igual forma, no se podrá compatibilizar con otras ayudas autonómicas o locales dedicadas al mismo fin, excepto en situaciones en las que los beneficiarios demuestren una gran vulnerabilidad o riesgo de exclusión social.

Además, los jóvenes de Torrejón de Ardoz que cumplen 18 años en 2022, pueden solicitar el Bono Cultural Joven que ofrece el Ministerio de Cultura y Deporte, una ayuda directa de 400 euros para adquirir y disfrutar productos y actividades culturales. Para solicitar las ayudas al alquiler no hay límite de plazo, mientras que para el Bono Cultural termina el próximo 31 de octubre a las 23:59 horas.

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Ayudas al alquiler: 250 euros mensuales

En relación a las ayudas al alquiler que ofrece la Comunidad de Madrid, la cantidad máxima a recibir será de 250 euros mensuales, por un periodo total de dos años. Para inmuebles en Torrejón de Ardoz, se establece un límite máximo de alquiler de 900 euros para pisos y casas y de 450 euros para las habitaciones.

Los jóvenes que quieran acceder a la tramitación deberán hacerlo a la web de la Comunidad de Madrid. También podrán realizarlo de manera presencial mediante cualquier Registro General ORVE, como el del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, ubicado en la planta jaja del Consistorio (Plaza Mayor 1). Más información en este portal web, así como en el teléfono de atención ciudadana de la Comunidad de Madrid 012.

Los requisitos para poder optar a las ayudas son los siguientes:

•    Tener una edad comprendida entre los 18 y los 35 años.
•    Tener la nacionalidad española o residencia legal en el país.
•    Demostrar una carencia de rentas. Los ingresos anuales nunca podrán ser superiores a los 24.318,84 euros, es decir, tres veces el Impuesto Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).
•    Haber estado en activo durante tres meses dentro de los seis meses anteriores a solicitar el bono.

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La documentación necesaria para realizar la solicitud será:

•    Contrato de alquiler.
•    Un certificado de empadronamiento: en él se tendrán que incluir a todos los convivientes que tenga la residencia habitual. Además, debe indicar la fecha de alta del arrendatario en la vivienda alquilada.
•    Los extranjeros no comunitarios deberán entregar una copia del permiso de residencia de larga duración o del permiso de residencia temporal.
•    Justificantes de los pagos del alquiler de las mensualidades vencidas a fecha de la solicitud de la ayuda.
•    Declaración del IRPF o del certificado de imputaciones de la AEAT u otra documentación que acredite los ingresos anuales del 2021. Esto deberá presentarse por el arrendatario y por los mayores de edad que compongan la unidad familiar, si es el caso.
•    Documentos que acrediten una fuente regular de ingresos.
•    Si se viene disfrutando de esta ayuda al alquiler en otra comunidad autónoma, se tendrá que aportar un certificado expedido por la administración, donde se indique la cuantía y las mensualidades que se disfrutan.
•    Una Nota de Localización ofrecida por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad. Esta deberá reflejar si el solicitante es dueño de otra vivienda o inmueble.

Bono Cultural Joven

Por su parte, la gestión del Bono Cultural Joven se realizará a través de la web y una app específica, en las que se presentarán las solicitudes. Una vez concedida la ayuda, se recibirá una tarjeta prepago virtual para su uso a través del dispositivo móvil. También estarán disponibles en formato físico para quien lo requiera. La tarjeta estará identificada con un número y la identidad del beneficiario. Los 400 euros se podrán utilizar durante los 12 meses siguientes a su concesión. El plazo de solicitud termina el próximo 31 de octubre a las 23:59 horas. Para más información aquí.

 El bono joven cultural estará dividido en tres apartados, para fomentar el descubrimiento y el acceso a diversas expresiones culturales:
•    200 euros para artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales. Por ejemplo, entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bibliotecas, exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales.
•    100 euros para productos culturales en soporte físico: libros; revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras, discos, CD, DVD o Blu-ray.
•    100 euros para consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales (e-books), suscripción para descarga de archivos multimedia (podcasts), suscripciones a videojuegos en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas.

La identificación de los beneficiarios se realizará única y exclusivamente por medios digitales. Para los mayores de 18 años se ha habilitado la identificación con Certificado digital, y para los menores de 18 años, la identificación mediante Cl@ve. Para obtener el Certificado digital deberás tener los 18 años ya cumplidos, sin embargo, puedes obtener Cl@ve con registro avanzado siendo menor de edad en la Oficina de registro más cercana a tu domicilio, acompañado de tu padre, madre, o tutor. 

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