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MADRID.-Juzgan a una mujer por hacerse con toda la indemnización por la muerte de su hijo sabiendo que éste tenía descendencia

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

La Sección 29 de la Audiencia Provincial de Madrid celebra el próximo miércoles, 30 de mayo, a partir de las 11.45 horas, la vista oral del juicio contra Ángeles M.R. por la supuesta comisión de un delito de estafa agravada por el que la Fiscalía solicita para ella una pena de cuatro años de prisión, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

El representante del Ministerio Público considera probado en su escrito de calificación penal provisional que la acusada era sabedora que su hijo, fallecido en un accidente de tráfico el 30 de diciembre de 2011, había tenido a su vez un hijo menor de edad, nacido el 15 de julio de 2000.

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Tras el desgraciado accidente, Ángeles se personó en el procedimiento seguido en un Juzgado de Coslada por homicidio imprudente y, al serle realizado el ofrecimiento de acciones en calidad de perjudicada, en fecha 3 de febrero de 2012, la acusada faltó intencionadamente a la verdad manifestando que era el familiar más directo del fallecido, ya que, según su versión, su hijo no había tenido descendencia, por lo que formuló reclamación.

Con la finalidad de obtener la máxima indemnización posible por parte de la compañía aseguradora, en fecha 26 de enero de 2012, la acusada compareció ante un notario de San Fernando de Henares a fin de ser reconocida como única heredera de su hijo.

De esta manera fraudulenta, según la Fiscalía, logró que, con el consiguiente documento notarial, la aseguradora le abonara 104.764,75 euros. Con posterioridad, la mujer comunicó al Juzgado que renunciaba a las acciones civiles porque había llegado a un acuerdo con la compañía.

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Finalmente, se celebró el juicio correspondiente al procedimiento en el que se había personado la madre del menor, en su nombre y en representación de éste y reclamando la indemnización que le correspondía por el fallecimiento del padre de su hijo.

El 16 de febrero de 2016 el Juzgado de lo Penal dictó sentencia cuyo contenido, entre otros pronunciamientos, establecía la condena a la compañía aseguradora a indemnizar solidariamente a la madre del menor y al propio menor en la cantidad de 126.987,59 euros.

En fecha 17 de octubre de 2016, la entidad asegurada interpuso una denuncia por estos hechos, reclamando por el perjuicio sufrido como consecuencia de los mismos, puesto que, pese a los requerimientos efectuados, la acusada no ha devuelto la cantidad indemnizatoria recibida irregularmente.

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