domingo, mayo 5, 2024
16.2 C
Madrid

Madrid activa el escenario 2 anticontaminación: quién puede y no puede aparcar en el SER

El Ayuntamiento de Madrid ha activado este viernes el escenario 2 del protocolo anticontaminación, que implica la prohibición de aparcar en el SER.

El Ayuntamiento de Madrid ha activado este viernes y maniene el sábado y domingo el escenario 2 del protocolo anticontaminación, que implica la prohibición de aparcar en las plazas del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) a los no residentes.

Junto a esta medida se mantiene la limitación a 70 km/h como velocidad máxima en la M-30 y en los accesos dentro de la M-40, en ambos sentidos.

> El Plan A definitivo prevé que la contaminación baje un 25% en Madrid hasta 2020 <

Los no residentes no podrán aparcar en la zona SER en el horario de este servicio, es decir, de 9 a 21 horas el viernes y de 9 a 15 horas el sábado. Durante todo el día, las aplicaciones y los parquímetros informarán en sus pantallas de la prohibición de aparcar en la zona SER y no se expenderán tiques.

- Publicidad -

SÍ PUEDEN APARCAR EN EL ESCENARIO 2

El protocolo establece excepciones a la prohibición de estacionar en las plazas y horario del SER. Son las dirigidas a titulares de una autorización del SER como residente, exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas, además de titulares de una autorización de Comerciales e Industriales del SER.

También los vehículos que no sean de combustión interna: eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas, así como vehículos eléctricos enchufables y vehículos eléctricos de rango extendido, siempre que hayan obtenido la correspondiente autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid.

La excepción también llega a los vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad (mudanzas, vehículos diplomáticos en sus reservas específicas, coches oficiales, etc), además de los taxis que estén en servicio y su conductor esté presente y los vehículos de alquiler de servicio público con conductor, en idénticas condiciones.

- Publicidad -

También se incluye a los vehículos destinados al transporte de personas de movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.

Igualmente llega a servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, gestión semafórica y, en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos básicos (electricidad, agua, gas y telefonía). También a las unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.

- Publicidad -
- Publicidad -

ÚLTIMAS NOTICIAS

- Publicidad -

De compras un domingo: el exclusivo lujo de los...

Si hace mucho (pero mucho) que no sales de la Comunidad en Madrid un domingo, seguramente no...

Miguel Ángel García Martín: «Cuando decimos que Madrid está...

Como cada 2 de mayo, la Comunidad de Madrid se ha vestido de gala para conmemorar a...

Los actos institucionales del 2 de Mayo, en fotos

El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha celebrado, como cada 2 de Mayo, varios actos institucionales,...

Libertad y Verdad

Hoy, mientras MADRID ES NOTICIA celebra su noveno aniversario, nos unimos no solo para conmemorar un año...

BBVA propone a Banco Sabadell fusionar ambas entidades para...

En una carta dirigida al Consejo de Administración de Banco Sabadell, BBVA subraya que la combinación de...

Recreaciones históricas y conciertos en Sol para celebrar el...

Madrid celebra sus fiestas del 2 de Mayo con una amplia programación para todos los públicos con...