MADRID, 9 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al exjefe de la Policía Local de Galapagar, Juan Manuel González Muñoz, por los delitos de coacciones y de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público, según la sentencia a la que ha tenido hoy acceso Europa Press.
El representante del Ministerio Público le reclamaba seis años de cárcel y otros cuatro años de prisión para el que fuera Jefe de Servicio en la Policía Local de Galapagar, José Valle Pérez, por un delito de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público.
Los jueces consideran probado que ambos organizaron en diciembre de 2012 un dispositivo con objeto de evitar que se celebrara una supuesta macrofiesta ilegal en Nochevieja en la Finca ‘Villasolita’ de Galapagar.
José Valle Pérez, en su condición de Jefe de Servicio de la Policía Local de Galapagar, se personó allí el 1 de enero junto a otros tres agentes y no observaron que se celebrara ninguna fiesta motivo por el cual se trasladaron a otra finca situada a unos 400 metros.
Valle comenzó a redactar un acta de inspección en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas así como otra acta que contenía una denuncia por realizar una fiesta ilegal. El acusado instó a los cuatro agentes que estuvieron presentes en el lugar de los hechos a afirmar las actas, pero estos se negaron al considerar que su contenido no se correspondía con la realidad.
A pesar de su negativa, según los magistrados, el otro acusado, Juan Manuel González, presionó a sus subordinados «con el fin de amedrentar su voluntad» sin llegar a conseguir su propósito. Finalmente Valle confeccionó unas nuevas actas que entregó al propietario de la finca en las que ya no constaba, por ejemplo, que hubiera menores ingiriendo alcohol.
Juan Manuel González, sin embargo, persistió en su actitud con los agentes e incoó expedientes disciplinarios contra ellos advirtiéndoles, además, de las posibles consecuencias que podría conllevar su conducta tales como negarse a firmar la permuta de la que estaba pendiente uno de los agentes o alterar los servicios que desempeñaban.
Ahora, la Audiencia Provincial ha rechazado que el exjefe local cometiera falsedad documental, ya que fue informado telefónicamente de lo corrido y no participó en la redacción de la acta. Tampoco ven el delito en Valle porque entienden que elaboró el acta según «lo que directa e inmediatamente aprecia el funcionario actuante en el ejercicio de sus funciones».
En cuanto al delito de coacciones, no aprecian en los hechos ninguna presión, amenaza o coacción acreditada en el juicio. «No hay ninguna actuación ilícita por parte del jefe, no se ha determinado una conducta violenta, no pudiéndose tacharse de tal la conminación de ‘atenerse a las consecuencias’. Ni aquello que se ha tratado de introducir en el juicio de informar desfavorablemente una permuta de funcionarios que, como consta, ya había sido favorablemente informada con antelación a estos hechos», señalan los magistrados para absolver a los procesados. Sobre la sentencia cabe recurso de casación.