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Las 10 razones de la Comunidad para frenar Madrid Central

El TSJM estudiará el 28 y 29 de noviembre los recursos del PP y la Comunidad contra Madrid Central.

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La Comunidad de Madrid ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra el proyecto de Madrid Central, que ha sustentando en que se ha llevado a cabo una tramitación «incorrecta» por, entre otros motivos, la falta de informes, la afectación a competencias autonómicas o el no haber estado sometido a información pública y audiencia correctamente.

Lo ha anunciado este miércoles el presidente regional, Ángel Garrido, en una rueda de prensa en la Real Casa de Correos, sede del Gobierno regional. Se trata, concretamente, de un recurso presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en el que se solicita la anulación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid, el 5 de octubre, así como la suspensión cautelar de su entrada en funcionamiento prevista para el 30 de noviembre.

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Se trata del primero de los dos recursos que el Gobierno regional presentará contra el proyecto; el siguiente, que estará listo esta misma semana, irá contra el acuerdo de Junta de Gobierno del 29 de octubre, por el que se desarrolla el Régimen de Gestión y Funcionamiento de la Zona de Bajas Emisiones Madrid Central. El objetivo, según ha explicado el dirigente, «es defender tanto la salud como los derechos generales de todos los madrileños».

«Es una iniciativa jurídica que se ha vuelto, desgraciadamente, inevitable ante la pretensión del Ayuntamiento de Madrid de imponer una restricción crítica al tráfico dentro de nueve días y siguiendo una serie de procedimientos anómalos», ha lanzado.

10 RAZONES PARA RECURRIR MADRID CENTRAL

Así, los servicios jurídicos de la Comunidad han motivado el recurso en diez puntos concretos. En primer lugar, en la «falta de trámites e informes preceptivos», concretamente el informe preceptivo de la Dirección General de Organización, Régimen Jurídico y Formación de la Gerencia de la Ciudad, el previo o participación del Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM) o el preceptivo de la Consejería de Transportes.

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Además, «se perciben insuficiencias en la memoria de impacto normativo que también pueden suponer causa de nulidad». «El Ayuntamiento no ha analizado el coste para el ciudadano de la norma, en la medida que este tiene que usar o pagar otros medios alternativos a su vehículo o pagar uno nuevo que cuenta con los nuevos requisitos», ha explicado. Tampoco, según el Gobierno, se ha tenido en cuenta «los efectos en la zona dado el previsible efecto disuasorio que ocurrirá con la puesta en marcha de este proyecto, con la consecuente caída del consumo y los comercios y en el sector hotelero».

Otro de los puntos que motiva el recurso es «la ausencia de informe de impacto en materias tan importantes como la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad».

Como otra razón en la que avalarse, ha explicado que el texto de la ordenanza, que fue sometido a información y audiencia, es «sustancialmente distinto al que finalmente fue aprobado». Entre otras cuestiones, «no se recogía la delimitación de Madrid Central, ni tampoco su regulación en los términos en los que ha salido adelante».

Asimismo, ha continuado explicando el presidente autonómico, «el perímetro de Madrid Central ni siquiera comprende las zonas más contaminadas de Madrid, según el informe de calidad del aire del propio Ayuntamiento del año 2017» así como «no hay evaluación del impacto medioambiental en las zonas colindantes».

Garrido también ha indicado que apuntan a que «no se ha dado audiencia a los municipios limítrofes que se van a ver afectados, ni existe en el expediente estudio sobre el impacto de la medida, ni consta en la memoria» y advierten de que el proyecto «omite la reserva de plazas de aparcamientos para personas con discapacidad, incumpliendo la legislación».

También, ha detallado que los últimos puntos recalan en que la entrada en vigor «no lleva aparejadas medidas que permitieran su eficaz aplicación», porque «no se ha dotado a Madrid de carriles de acceso preferente para autobuses interurbanos, ni se han abierto aparcamientos disuasorios, ni existe una planificación de transportes»; así como en que no se ha tenido en cuenta el impacto de puesta en marcha en fechas como la Navidad.

EL TSJM ESTUDIARÁ LOS RECURSOS EL 28 Y 29 DE NOVIEMBRE

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) estudiará los días 28 y 29 de noviembre los recursos interpuestos por la Comunidad de Madrid y el Grupo Municipal Popular contra la ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento que regula Madrid Central.

Será la Sección Segunda la que se pronuncie sobre si paraliza de forma provisional o no la puesta en marcha del proyecto del Gobierno de Manuela Carmena para reducir el tráfico en el centro de la capital tomando como modelo ciudades europeas como Berlín o Londres, cuya puesta en marcha está prevista para dos días después, el 30 de noviembre.

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