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Hospitalización a domicilio en el hospital de Villalba

El Hospital General de Villalba, perteneciente a la red sanitaria pública de la Comunidad de Madrid, acaba de implementar la hospitalización a domicilio.

Se trata de una novedosa opción asistencial basada en un modelo capaz de dispensar atenciones y cuidados médicos y de Enfermería de rango hospitalario, tanto en calidad como en cantidad, a los pacientes en su propio domicilio, cuando ya no precisan de la infraestructura hospitalaria, pero todavía necesitan vigilancia activa y asistencia compleja.

La clave de este nuevo paso del hospital de Villalba en humanización de la atención sanitaria es tratar al paciente en su entorno conocido, con la comodidad que supone en cuanto a intimidad, posibilidad de horarios propios de alimentación y sueño, y proximidad de familia y amigos, convirtiéndose en un arma terapéutica beneficiosa para el enfermo.

Entre las ventajas de esta modalidad asistencial destacan la mayor independencia del paciente y la familia, así como la mejora de la salud percibida y la calidad de vida, ya que se mantienen los hábitos y se reduce el síndrome confusional agudo o el riesgo de infecciones nosocomiales en el hospital, con la misma atención médica que si el paciente estuviera ingresado, según reza un comunicado.

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Los enfermos atendidos en régimen de hospitalización a domicilio son pacientes del centro a todos sus efectos hasta su alta médica, recibiendo del centro los recursos médicos necesarios e integrándose en su historia clínica toda la documentación que genere, con acceso a la misma de Atención Primaria, y con un seguimiento equivalente al que tendrían ingresados, disfrutando, por ejemplo, de la misma prioridad en la citación de pruebas diagnósticas complementarias.

Los criterios para que un paciente pueda ser atendido a través de la hospitalización a domicilio incluyen el consentimiento del mismo; la presencia de apoyo familiar las 24 horas; que tenga un diagnóstico establecido y situación clínica estable, que la enfermedad del paciente requiera hospitalización y no pueda ser controlada por Atención Primaria y la ausencia de problemas sociales o psíquicos.

Y que el enfermo viva en un domicilio o residencia acondicionado en el área de cobertura del hospital, que en este caso incluye Collado Villalba, Alpedrete, Moralzarzal, Cercedilla, Navacerrada, Los Molinos, Becerril de la Sierra y Collado Mediano.

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Adicionalmente, el paciente puede recibir el alta médica en este régimen por criterios asistenciales cuando el facultativo considera que ya no lo necesita, mientras que el alta voluntaria puede producirse en cualquier momento, a petición del propio paciente o del cuidador, para volver a la modalidad de ingreso hospitalario.

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